Hector Alfonso Gutierrez Y Gutierrez ABOGADO LITIGANTE Y DOCENTE UNIVERSITARIO BOGOTA - COLOMBIA
lunes, noviembre 06, 2006
EL DELITO DE VIOLENCIA SEXUAL.
EL DELITO DE VIOLENCIA SEXUAL EN COLOMBIA.
Con el objeto de quien se interese y desee conocer sobre el tema, trataremos en este corto escrito sobre una conducta humana que siempre y desde que se tiene conocimiento, ha acompañado al hombre, quien ha buscado satisfacer sus instintos primarios mediante la violencia y el sexo. De este modo, hablaremos en el presente artículo del tema del “Delito de violencia sexual en Colombia”, [a1] mirándolo en primera instancia desde una perspectiva general como una conducta humana, para luego reseñar la manera como nuestro sistema penal actual castiga tales conductas, sobre la pena a imponer y los beneficios procesales que se le otorgan al condenado por dicho delito; así como comentaremos acerca de la personalidad del ofensor y la victima de este particular delito. Para al final reseñar algunas conclusiones finales acerca de lo escrito.
Abstract.
With the intention of who is interested and wishes to know on the subject, we will treat in this short writing on a human conduct that always and since has knowledge, it has accompanied the man, whom it has looked for to satisfy its primary instincts by means of the violence and sex. In this way, we will speak in the present article of the subject of the “Crime of sexual violence in Colombia”, watching it in first instance from a general perspective like a human conduct, soon to review the way as our present penitentiary system punishes such conducts, on the punishment to impose and the procedural benefits that are granted to him to the condemned by this crime; as well as we will comment about the personality of the offend or and the victim of this particular crime. In the end to review some final conclusions about the writing.
De tiempo atrás el hombre ha acostumbrado a ejercer violencia[1][O2] sobre los demás con el fin de obtener diferentes propósitos, y especialmente sobre la mujer con el objeto de satisfacer, así sea por la fuerza o la coerción, sus personales propósitos sexuales. Históricamente podemos decir, fue visto como costumbre[2] legitima que el hombre pudiera tener como “trofeo de guerra” a las mujeres del pueblo vencido, quienes eran tomadas por la fuerza y llevadas a las posesiones del vencedor, con el propósito de apropiación o
esclavitud[3] y procreación, y aquellas lo aceptaban también como una costumbre legitima[O3] . De dicho modo, podríamos decir que ejercer violencia física y moral sobre la mujer para satisfacer deseos sexuales, era visto como una “conducta tolerable y poco reprochada social[4]” y legalmente.
Con el devenir de los tiempos y con el desarrollo de la actual civilización, esa costumbre de tomar a la mujer por la fuerza o violencia para ejercer sobre ella presión física o sicológica con el ánimo de satisfacer deseos sexuales (violencia sexual[5]), si bien persiste en las “situaciones de conflicto[6]” y en las relaciones interpersonales, se hace reprochable social y legalmente, siendo considerada dentro del sistema de derechos humanos[7] y severamente castigada por los estatutos penales [O4] de los países en general.
La organización mundial de la salud considera que la violencia sexual[O5] , se materializa en las siguientes situaciones[8]:
“Las violaciones que ocurren dentro del matrimonio, en relaciones íntimas, o que son causadas por personas extrañas”.
“Las violaciones sistemáticas que ocurren en los conflictos armados”.
“Las propuestas sexuales sin acuerdo mutuo y el acoso sexual, lo que incluye las demandas de sexo a cambio de favores”.
“Los matrimonios forzados o la cohabitación, lo que incluye los matrimonios de menores de edad y niños”.
“La denegación del derecho a la contracepción a la adopción de medidas protectivas contra las enfermedades sexuales”.
“Los abortos forzados “.
“Los actos de violencia contra la integridad sexual de las mujeres (lo que incluye la MGF y exámenes forzados de virginidad)”.
“La prostitución forzada y el tráfico humano para la explotación sexual “.
En nuestro país Colombia,[O6] encontramos que la violencia sexual se manifiesta tanto en las situaciones de conflicto armado que vive el país – guerrilla - paramilitares – delincuencia común -, como en las relaciones de pareja en que el hombre ejerce presión física y sicológica sobre su pareja para obtener la relación sexual de manera forzada, o en las relaciones interfamiliares en donde los menores dependientes son violentados por un pariente mayor..
Para la Fiscalía General de la Nación[O7] , se presenta violencia sexual en los siguientes casos:
“El acceso u hostigamiento en la calle, en el trabajo, en la casa, en el colegio, en la escuela, en la universidad, etc. La explotación sexual, turismo sexual, trata de personas con fines sexuales. El acceso u hostigamiento en la calle, en el trabajo, en la casa, en el colegio, en la escuela, en la universidad, etc. El abuso sexual de niños y niñas. La manipulación. La corrupción. La prostitución. La pornografía. La mutilación o daño en los genitales[9]”.
En relación con la normatividad penal [a8] aplicable a estas situaciones, nuestro ordenamiento penal sustantivo contempla como conducta punible – típica, antijurídica y culpable[10] -, estableciendo en el articulo 208 del código penal, una pena de prisión [O9] que va de sesenta y cuatro (64) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses y que aplica al que “acceda carnalmente a persona menor de catorce (14) años”. Pena que se agrava al tenor del artículo 211 del mismo código, en los siguientes casos: “Cuando la conducta se cometiere con el concurso de otra u otras personas; o el responsable tuviere cualquier carácter, posición o cargo que le dé particular autoridad sobre la víctima o la impulse a depositar en él su confianza; se produjere contaminación de enfermedad de transmisión sexual; o se realizare sobre persona menor de doce (12) años; se realizare sobre el cónyuge o sobre con quien se cohabite o se haya cohabitado, o con la persona con quien se haya procreado un hijo.; o si se produjere embarazo en la victima”. De dicha normatividad se desprende que la sanción penal que el estado impone al infractor y responsable de la conducta en estudio es bastante drástica, pero si uno observa la realidad vera como las victimas o sus familiares, poco es el numero de casos que ponen conocimientos de las autoridades judiciales para que se investigue y se sancione al responsable, cuando este punible ocurre. Bien por evitarle mayores traumatismos a la victima, o porque el ofensor tiene una relación de parentesco o cercana con la victima
También vale la pena destacar, como consecuencia de la horrible conducta criminal que se comete en contra de la mujer violentada[a10] , cuando no pierde la vida, que no solo quedan en la victima de violencia sexual, secuelas sicológicas y afectivas, sino que en ocasiones la victima queda en estado de embarazo, lo cual empeora la situación de la victima, quien se ve obligada a afrontar un embarazo no deseado, que coloca a la victima en el dilema de conservar el embarazo o abortar a la criatura. Pero, si conserva el embarazo y alumbra a la criatura, esta nacerá y crecerá como un infante sin padre. Pero si por el contrario, si la madre decide abortar[11] a la criatura, deberá afrentar la censura de su propia conciencia moral, la de la sociedad que vera con malos ojos semejante atrocidad y la de la familia, que dirá, pero por que va a abortar [O11] si es una criatura inocente que no tiene ninguna culpa y que no tiene tampoco porque pagar lo que hacen los adultos. Abortos inseguros[12] no deseados, que ante un sistema legal que no permite se realice por las vías legales y ante centros hospitalarios y profesionales de la salud idóneos, se practican de manera oculta, en cualquier parte y ante personas no profesionales, llevando a la pérdida no solo de una criatura sino en la mayoría de los casos de la madre misma. Obsérvese que en Colombia en demás que en Colombia el “aborto inseguro es la tercera causa de mortalidad materna[13]”. Amen que Situación crucial, que ha llevado a las comunidades defensoras de los derechos humanos y que prohíjan el aborto a hacer que el legislador colombiano apruebe una Ley de la Republica, en pro del aborto y su despenalización, pero ello no ha sido posible.
Es solo a través de la jurisprudencia de la Corte Constitucional [O12] que se prohíja el aborto, considerándolo así en la Sentencia C – 203 de 2.006[14]. Sentencia que ha despertado innumerables críticas y cuestionamientos, por parte de la iglesia, de los moralistas, de los profesionales de la medicina, quienes han propuesto “objeción de conciencia” para practicar los procedimientos que lleven al traste el embarazo producto de una violación sexual.
Respecto del agresor[a13] de la violencia sexual, el Instituto colombiano de Bienestar Familiar considera como factores de riesgo los siguientes:
“El desconocimiento de sus derechos. La práctica del machismo como forma de relación. La inadecuada educación sexual. Los padrastros y familiares con débiles lazos efectivos. Los trastornos de personalidad[15]”.
Respecto de la victima[O14] de la violencia sexual, el Instituto colombiano de Bienestar Familiar considera como factores de riesgo los siguientes:
“La dependencia económica y emocional. La baja autoestima.El bajo nivel educativo. La pasividad e inseguridad. La educación basada en estereotipos de género. El desconocimiento de sus derechos. La enfermedad mental.Las limitaciones físicas[16]”.
El Instituto colombiano de Bienestar Familiar, considera como factores de riesgo de tipo socio cultural los siguientes:
“Las crisis familiares. El Reconocimiento del machismo como valor social. Los mitos y tabúes sobre la sexualidad. La subvaloración de la mujer. El hacinamiento. El significado de la mujer como objeto sexual (revistas, televisión, publicidad[17]”.
Para cerrar este escrito, se concluye[a15] se considera que la violencia sexual, es una manifestación del comportamiento animal e irracional del ser humano, en donde el sujeto ofensor o “agresor manifiesto” busca por encima de la racionalidad y olvidándose del respeto y la consideración al otro, satisfacer sus instintos primarios, sin importarle para nada al sujeto agente las consecuencias sociales y legales que su proceder conlleva. Dejando al otro extremo, una victima que tiene que asumir las consecuencias de la brutalidad humana, que queda sicológica y socialmente afectada. Y del otro lado en la mayoría de los casos, ese acto brutal, deja también como consecuencia a un infante inocente que deberá asumir las consecuencias del brutal acto, para toda su vida y que seguramente como hijo no deseado, será en el mañana posiblemente otro victimario del mismo acto bestial.
BIBLIOGRAFIA.
Código Penal y de Procedimiento Penal Colombiano. Editorial LEGIS S. A., Bogota D. C., 2006.
WEBGRAFIA.
http://www.fiscalia.gov.co/pag/entidad/qhviosex.html).
(es.wikipedia.org/wiki/Aborto).
(http://www.saludcapital.gov.co/secsalud/descargas/aborto_un_problema_de_salud_publica.pdf).
(http://www.constitucional.gov.co/corte/).
(http://www.icbf.gov.co/espanol/maltrato8.asp).
(http://www.icbf.gov.co/espanol/maltrato8.asp).
[1] “Comportamiento deliberado que resulta en daños físicos o psicológicos a otros seres humanos, y se lo asocia, aunque no necesariamente, con la agresión, ya que también puede ser psicológica o emocional, a través de amenazas u ofensas. Algunas formas de violencia son sancionadas por la ley o la sociedad, otras son crímenes. Distintas sociedades aplican distintos estándares en cuanto a las formas de violencia que son o no aceptadas”. (es.wikipedia.org/wiki/Violencia).
[2] “Una costumbre es una práctica social reiterada, uniforme de un grupo social. Usualmente las leyes son codificadas de manera que concuerden con las costumbres de la sociedad que rigen. Y en defecto de ley pueden constituir una fuente de derecho como Derecho consuetudinario. Sin embargo en algunos lugares, como Navarra, la costumbre es fuente de derecho primaria y como tal se aplica antes que la ley”. (es.wikipedia.org/wiki/Costumbre).
[3] “La esclavitud (del latín medieval sclavus < slavus) designa la condición de las personas (los esclavos) que deben servir a un amo sin remuneración alguna y que no disponen de derechos sobre su propia persona. Los esclavos deben obedecer todas las órdenes de su amo desde su nacimiento o su captura (paso de la libertad a la esclavitud) hasta su muerte o su liberación (paso de la esclavitud a la libertad)”. Extraído el 16 de octubre de 2006 de (es.wikipedia.org/wiki/Esclavitud).
[4] “La tasa de frecuencia de adultos que al ser entrevistados manifiestan recordar el haber sido besuqueados o acariciados alrededor de la pubertad por amistades de su edad o por adultos cercanos; esta información por si sola puede llamar la atención, sin embargo, al ponerla en contexto encontramos que en algunas zonas de la región andina y de la amazonía dichas prácticas son consideradas como naturales expresiones de afecto y no se perciben como actos con contenido sexual como podría ocurrir en algunos sectores de la ciudad de Lima. Resulta importante entonces tener en cuenta que el contacto físico y las caricias son percibidas y valoradas de acuerdo al grupo social que las juzga, variando de acuerdo a la cultura y manera particular como vive y expresa el afecto y la sexualidad cada grupo humano”. Extraído el 16 de octubre de 2006 de (http://www.angelfire.com/pe/actualidadpsi/abuso.html).
[5] “La violación es un acto de extrema violencia física y psicoemocional. Consiste en la penetración con el pene, los dedos o cualquier objeto en la vagina, el ano o la boca en contra de la voluntad de la víctima, quien es amenazada para mantenerlo en secreto. A veces se usan armas. Es un hecho gravísimo y deplorable”. Extraído el 16 de octubre de 2006 de (http://www.informateyprotegete.gov.co/es/load.php/uid=0/leng=es/3/contviolenciasexual.htm).
[6] Que la seguridad de las mujeres y de las niñas —particularmente de las campesinas, indígenas y afrocolombianas, y de aquellas que se encuentran en situación de desplazamiento, retorno o confinamiento— se ve gravemente afectada por el conflicto armado, en especial por la violencia sexual ejercida por miembros de los grupos armados ilegales”. Extraído el 16 de octubre de 2006 de http://www.hchr.org.co/publico/pronunciamientos/ponencias/ponencias.php3?cod=68&cat=24.
[7] “Colombia, es Estado Parte del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado por la Ley 74 de 1968; la Convención Americana sobre Derechos Humanos, aprobada por la Ley 16 de 1972; la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Ley 51 de 1981; la Convención para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, aprobada por la Ley 248 de 1995; la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, aprobada por la Ley 248 de 1995, y la Convención sobre los derechos del niño, aprobada por la Ley 12 de 1991”. Extraído el 16 de octubre de 2006 de (http://www.hchr.org.co/publico/pronunciamientos/ponencias/ponencias.php3?cod=68&cat=24).
[8] Amnesty International USA, Extraído el 16 de octubre de 2006 de http://www.amnestyusa.org/spanish/mujeres/violencia_sexual.html.
[9] Extraído el 20 de Octubre de 2006 de (http://www.fiscalia.gov.co/pag/entidad/qhviosex.html).
[10] “Articulo 9º del código penal. Para que la conducta sea punible se requiere que sea típica, antijurídica y culpable. La causalidad por sí sola no basta para la imputación jurídica del resultado. Para que la conducta del inimputable sea punible se requiere que sea típica, antijurídica y se constate la inexistencia de causales de ausencia de responsabilidad”.
[11] “Aborto es la interrupción del embarazo de la mujer, en el lapso que va desde la concepción hasta el inicio del nacimiento. Por su parte Paul Aymon (1981), señala que el aborto es la interrupción del embarazo por la expulsión del feto antes de la época en que es viable, es decir, antes del sexto mes. Puede ser espontáneo (lo que sucede en uno de cada cinco embarazos, en particular antes de las 13 semanas de gestación), o inducido”. – Extraído el 20 de Octubre de 2006 de (es.wikipedia.org/wiki/Aborto).
[12] El aborto inseguro se caracteriza por la falta de capacitación por parte del proveedor, quien utiliza técnicas peligrosas, y por llevarse a cabo en recintos carentes de criterios higiénicos. Un aborto inseguro puede ser inducido por la mujer misma, por una persona sin entrenamiento médico o por un profesional de la salud en condiciones no sanas. De otra parte entre 10% y 50% de los abortos inseguros requieren atención médica, aun cuando no todas las mujeres la soliciten. (OMS). Extraído el 20 de Octubre de 2006 de (http://www.saludcapital.gov.co/secsalud/descargas/aborto_un_problema_de_salud_publica.pdf).
[13] “Aborto inducido un problema de salud publica”. Extraído el 20 de Octubre de 2006 de (http://www.saludcapital.gov.co/secsalud/descargas/aborto_un_problema_de_salud_publica.pdf).
[14] el embarazo también sería fruto de un delito y por ende de un acto ilegítimo constitucionalmente, el cual no puede otorgar prevalencia a la vida del que está por nacer por cuanto es el fruto de dicho acto no solo ilegal sino ilegítimo. Extraído el 20 de Octubre de 2006 de (http://www.constitucional.gov.co/corte/).
[15] Extraído el 20 de Octubre de 2006 de (http://www.icbf.gov.co/espanol/maltrato8.asp).
[16] Extraído el 20 de Octubre de 2006 de (http://www.icbf.gov.co/espanol/maltrato8.asp).
[17] Extraído el 20 de Octubre de 2006 de ( http://www.icbf.gov.co/espanol/maltrato8.asp).
[a1]
METACOGNICION
TEMATICA SOBRE LA CUAL TRATARA EL ARTICULO
[O2]
METACOGNICION: CONCEPTO DE VIOLENCIA
[O3]
METACOGNICION: ASPECTO HISTORICO DEL CONCEPTO
[O4]
METACOGNICION: COMO LOS SISTEMAS LEGALES HAN ACOGIDO DICHA CONDUCTA
[O5]
METACOGNICION: QUE FACTORES CONTRIBUYEN A LA VIOLENCIA SEXUAL
[O6]
METACOGNICION: COMO SE MANIFIESTA DICHA CONDUCTA EN NUESTRO PAIS?
[O7]
METACOGNICION: QUE CONSIDERA LA FICALIA GENERAL DE LA NACION REPECTO A LA VIOLENCIA SEXUAL
[a8]
METACOGNICION: COMO REGULA EL CODIGO PENAL EL DELITO DE VIOLANICA SEXUAL.
[O9]
METACOGNICION QUE PENA CONTEMPLA EL CODIGO PENAL PARA CASTIGAR EL DELITO DE VIOLENCIA SEXUAL.
[a10]
METACOGNICION: QUE TIPO DE CONSECUENCIAS RECIBE LA MUJER QUE ES VIOLENTADA SEXUALMENTE
[O11]
QUE ASPECTOS SE PUEDEN CONSIDERAR SI LA MUJER VIOLENTADA DECIDE ACUDIR AL ABORTO COMO SOLUCION AL PROBLEMA
[O12]
METACOGNICION: QUE HA DICHO LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE EL TEMA DEL ABORTO DE LA MUJER VIOLENTADA
[a13]
METACOGNICION: QUE PUEDE DECIRSE DEL AGRESOR DE LA CONDUCTA DE VIOLENCIA SEXUAL
[O14]
METACOGNICION: QUE PUEDE DECIRSE ACERCA DE LA VICTIMA DEL DELITO DE VIOLENCIA SEXUAL.
[a15]
METACOGNICION: QUE CONCLUSIONES NOS PODEMOS PLANTEAR ACERCA DEL TEMA
UNIGLOBALIDAD
global completo integral total todo íntegro entero parcial
PRESENTACIÓN.
Se procura con este escrito presentar para el modulo METODOLOGÍA INTERDISCIPLINARIA, regentado por el Doctor CRISANTO VELANDIA MORA, en la Especilialización de Docencia Universitaria de la Universidad cooperativa de Colombia, en breve ensayo sobre el tema de la “UNIGLOBALIDAD”.
Y sobre la premisa de que “Todo ser humano único e irrepetible comprensible solo como síntesis interactiva de la globalidad[1]….”
DESARROLLO DEL TEMA.
En primer lugar, quien tenga la inquietud de onvestigar el significado de la palabra "uniglobalidad" se va encontrar que no existe en el diccionario. Ademas que si se trata de construir su significado, si se busca la expresion "globalidad" tampoco aparece en el diccionario. Aparece la expresion "global" significando algo que es "integral, completo, todo, entero", pero ello no nos lleva a saber que sognificado tiene la palabreja "uniglobalidad", por lo que puede decirse que es inventada. Y razon por la cual tratar de desarrollar un tema al respecto, sera pura especulacion. Por lo tanto, empecemos a especular.
El ser humano, como centro de los universos, es considerado por la escuela de cibernética social, como una “unidad triádica” que esta integrada por la primera persona del verbo[2], “yo, tu, el”, y que hacia dentro de su ser en aquello que es trascendente, es “cuerpo, alma y espíritu”, y hacia fuera de su ser es “yo, Tu, el, el, con nosotros”. Y todo guardando la respectiva proporcionalidad.
A su vez esa unidad triádica constituida por el hombre, se proyecta hacia su exterior generando una “uniglobalidad” o globalidad única en la que el hombre se considera pretensiosamente el centro de todas las cosas que existen.
Pero esa pretensión el hombre ha tenido que hacerla a un lado, para entender que él hace parte de todo el sistema (o lo que seria aún peor, de un simple subsistema), y que junto con las plantas, los animales y seres de una sola célula, y también los seres humanos hacen parte del sistema.
Pero lo que si no se puede desconocer, es que el hombre como todo lo que existe en la naturaleza de las cosas, es un ser triádico. Un ser con un cerebro que le permite pensar y analizar las cosas de su entorno, desde una perspectiva tridimensional que abarca lo lógico, lo especulativo y lo operacional. Integrado todo desde una perspectiva sistémica y cibernética.
De dicho modo, estamos entonces frente a un nuevo modelo de ver las cosas, en donde el hombre se constituye en el problema a solucionar, porque le costara trabajo entender, así tan de pronto, que el mundo esta cambiando a pasos agigantados. Tanto, que todo cambia y el hombre se queda fijado en el pasado y no comprende lo nuevo de ahora.
Los recientes descubrimientos y las nuevas tecnologías le atropellan, dejándolo atrás y por lo mismo, le cuesta mucho acomodarse a los nuevos modelos y a las nuevas concepciones, que le mueven el piso a sus creencias mas intimas.
Eso que ahora vemos por ejemplo de la manipulación genética, lo coloca desde la religión, en un dilema ético y moral en donde no sabe si seguir adelante con la investigación o permitir que los perjuicios religiosos le impidan continuar la tarea.
También, desde lo religioso, eso que esta sucediendo con el “código da vince”, en donde sus bases de creencias religiosas queda en el entredicho, lo hacen tambalear desde su estructura mas intima, y lo deje perplejo y sin saber que decir o que hacer. Pensando en que todo ello será “una gran conspiración contra el hombre mismo”, o si será, que en todo lo que ha creído se viene al piso y queda sin saber que decir y que hacer.
Seguramente, que tendremos que morirnos todos los que actualmente estamos, para que sean nuestros descendientes quienes comprendan ese nuevo universo que apareció de pronto frente a nuestros ojos impávidos, y del cual, aún no nos damos total y real cuenta, que existe y es verdad. Y que no se trata de una falsa ilusión o de algo sobre lo que no hay que pensar ni analizar.
Así las cosas, podemos considerar que el hombre debe abandonar lo que hasta ahora fue su antiguo paradigma, para hacerse conciente que ahora esta frente a un nuevo paradigma, el que además de interiorizar debe estudiar e investigar.
Y por lo que hacia un futuro no muy lejano, personalmente considero que el aporte de la Cibernética Social hacia el desarrollo futuro del ser humano, merecerá consideraciones más profundas y las que con toda seguridad, nos permitirá seguir escribiendo sobre el tema.
[1] Velandia Mora, Crisanto. Metodología Interdisciplinaria. Bogota, 2001. Pag. 71
[2]Sebastiao Batista (2004). Aproximación al concepto del Derecho desde una perspectiva triádica. http://www.eumed.net/tesis/sb/index.htm)
TEORIA DEL CONFLICTO.
EL CONFLICTO.
1. ASPECTOS GENERALES.
1. 1. Análisis del concepto conflicto.
Las acciones humanas están originadas por “necesidades biológicas, afectivas, cognitivas, etc., que nos llevan a comprometernos en un proceso social de interacción humana”, (Mediación y Conducción de Disputas, Marinés Suárez - 1.996).
De dicha manera, en la “interacción” de los individuos o grupos de individuos y en todos los tipos de relaciones, bien sea interpersonales, intrafamiliares, interinstitucionales, intergrupales, internacionales; dada esas diferentes formas de ser y de pensar, es por ello que frente a una determinada situación de hecho o de derecho, sea natural que en esas relaciones se presenten diferencias de opinión y por lo mismo, entre los actores surjan desavenencias o “desarmonías en sus relaciones”.
Lo que lleva entonces, a que las personas que se involucren en un “choque de opinión”, que en el común de las gentes denominan como “problema”. Pero si es necesario acudir a la decisión de un tercero para que lo resuelva, entonces se le llama “pleito”, “disputa” o “controversia”.
Pero, de manera técnica, a esa diferencia de opinión se le da la denominación de “conflicto”, y a sus actores se les denomina como “Conflictantes” [1].
Por lo tanto, los “conflictos” constituyen formas de interacción que requieren por lo menos, de la participación de dos partes: personas, grupos sociales o políticos y a veces Estados en el evento de los “conflictos internacionales (Como Negociar, José Noé Ríos Muñoz+ - 1.997)”. -Sin perjuicio del concepto de “conflicto interno” o conflicto consigo mismo respeto de aquello que “pensamos o sentimos-.
En términos generales, los “conflictos” tienen su origen en una diferencia de “intereses o de deseos hacia aspiraciones incompatibles (Ríos Muñoz+ - Obra citada - 1.997)”, que llevan a la contraposición de las partes con el propósito de obtener para el “vencedor” el objeto materia de la diferencia.
Lo cual hace entonces, que las partes[2] frente al conflicto lo vean como un “enfrentamiento en que cada uno de los involucrados pretenda, como sea, ganarle al otro”. Y esa pretensión se agrava, cuando las partes en conflicto, involucran además del problema que los separa, sus sentimientos; para buscar luego como “solución al problema” no solo la “victoria del ganador”, sino también la derrota o la destrucción material o moral del otro. (Ríos Muñoz+ - Obra citada - 1.997).
Los sujetos del conflicto o actores, rara vez se apersonan del problema; pues generalmente se dice “ese problema no es mío”. Todo porque creemos, de manera infundada, que el problema es del otro, y todo porque estamos acostumbrados a culpar a los demás de todo lo malo que nos sucede.
Lo que se traduce para quien padece el conflicto, en la “incapacidad emocional” de hacer frente al mismo. Púes siempre que dos individuos se unen, surge, tarde o temprano, la confrontación. Por lo tanto la cuestión no es el conflicto; la prueba real consiste en si usted y yo podemos resolver dicho conflicto (La Mejor Forma de Resolver el Conflicto, Josh Mc Dowell - 1.991).
El conflicto es considerado por el común de las gentes como algo “negativo”. Tener un “problema” es tener algo que “hace doler la cabeza”. Y frente al conflicto la persona involucrada opta entonces, o por “sacarle el cuerpo” y olvidarse del problema; o por enfrentarlo, dejándolo en manos de un tercero para que lo resuelva, bien, por una decisión judicial o por la vía extrema, como seria la destrucción moral o material del otro, como antes se dijo (Enredos, pleitos y problemas, Lederach – 1.992).
Generalmente, cuando las gentes tienen problemas no se “apersonan” de ellos, sino que optan más bien por dejarlo en manos de un tercero que lo resuelva, como forma de respuesta mas civilizada del problema, entonces la gente suele decir: “El problema no es mío”. “Hable con mi abogado”. “Eso que lo resuelva el Juez, púes para eso están las autoridades, para que nos resuelvan los problemas”. Y porque culturalmente, en la mayoría de los casos la gente no se “responsabiliza” del problema, ni lo mira como algo que tiene solución y que puede resolverse por uno mismo de manera civilizada e inteligente, como “dueño que se es del problema”. Sino que por el contrario, se considera que el “problema es del otro”. (Mc Dowell - Obra citada - 1.991).
En nuestro medio entonces, culturalmente se considera de forma equivocada, que la manera alternativa para resolver el conflicto es a través de la “violencia”. La cual se expresa en diferentes formas de abuso, bien sea por el “abuso de la fuerza”, el “abuso de la libertad”, el “abuso de la confianza“ -y lo que es mas grave, mediante el “abuso del ejercicio del derecho propio-”.
Por ello, entonces, el común de las gentes se inclina a confundir culturalmente el concepto “conflicto” con el concepto “violencia”, a sabiendas que los dos tienen implicaciones distintas, pues mientras el primero es contradicción de intereses, la violencia -física o mora-, es la manifestación exagerada de lo “irracional” de la conducta humana, y que muchas veces lleva al individuo a reaccionar frente a la diferencia con la ruptura total de las relaciones entre los “conflictantes”, y con el rechazo total y absoluto del otro”, y entonces cuando se dice, ”de ese yo no quiero saber nada”. (Guía para la Formación de Conciliadores Extrajudiciales en Derecho - H. Gutiérrez - 2002).
De ahí, que sea necesario ahora crear una cultura hacia la búsqueda de la reconciliación y modificación de paradigmas y en la manera en que las personas ven y tratan los conflictos. Y sobre la base, que todo problema siempre tiene una solución posible y lo que es mejor, que esa solución posible puede ser encontrada por nosotros mismos, sin la intervención de otros que decidan por nosotros, porque nos sentimos entonces dueños de nuestros problemas y podemos entonces decir que somos el “Juez de nuestro problema”, (H. Gutiérrez - Obra citada - 2.002).
1. 2. Formas como percibimos los conflictos.
Cada ser humano en su propia “individualidad”, percibe las cosas que se suceden a su alrededor –entorno- con base en las propias creencias, concepciones, criterios y paradigmas establecidos por su propia cultura -o subcultura- y como resultado del núcleo social al que pertenece. Así mismo, por la educación recibida, los criterios morales y religiosos que se le inculcaron, sus emociones, sus propias necesidades; así como valores, intereses y prejuicios, se reflejan todos en la interpretación que hace de los hechos que se suceden en su personal realidad. (H. Gutiérrez – Obra citada - 2002).
Lo anterior nos permite afirmar, que cada individuo frente al conflicto, tiene una “particular manera de verlo y enfrentarlo”, así como de reaccionar frente al mismo -no todos frente al conflicto, reaccionamos de la misma manera, dependerá no solo de la forma de ser y de pensar, sino de la educación, paradigmas y la cultura de cada una de las partes-, (H. Gutiérrez - Obra citada - - 2002).
Hemos dicho que el conflicto ha sido necesario y concomitante a la naturaleza del hombre, hace parte de la naturaleza humana. Ha sido entonces el conflicto y las diferentes maneras que el hombre ha encontrado para superarlo, lo que ha permitido al hombre evolucionar.
Podría decirse, que el conflicto es una las tantas dinámicas que tiene el hombre para relacionarse en sociedad, pues es el conflicto el que nos permite reconocernos como distintos e interactuar como diferentes.
De otro lado, la violencia es una de las tantas expresiones dadas a la palabra conflicto y que permite medir la baja o alta intensidad del mismo. Podría por lo tanto decirse que la violencia es la manifestación más grave e irracional del conflicto. (Ríos Muñoz+ - Obra citada - 1.997).
Como en la Legislación Formal se confunde violencia con conflicto, el estado procura entonces construir mecanismos para controlar la violencia pero no para tratar los conflictos, por lo tanto se han desarrollado múltiples mecanismos para tratar la violencia, mas no al conflicto directamente como tal (política criminal).
Entonces qué haremos frente al conflicto? La respuesta sería promover un cambio cultural con respecto a la manera como afrontamos el conflicto. “Buscarle una salida mediante soluciones creativas -enfrentarlo si, pero pacíficamente”, (Lederach -- Obra citada - 1.992)”.
De este modo y citando a (Miguel Ángel Holguín en su obra “Siloè” – 15 - 16 - 1.998), refiriéndose a los actores del conflicto, afirma que,
“Los adversarios tiene diferentes mapas para cruzar el mismo territorio, todos creemos tener la razón acerca de una determinada situación, a pesar de que la estamos describiendo y juzgando desde nuestra propia ventana.
“Estamos describiendo un territorio con nuestro propio mapa, sin darnos cuenta que los demás tienen el suyo propio y este es distinto al nuestro”.
Esta es la primera fuente de conflictos pero a la vez la fuente de su solución, dice Holguín,
“si tomamos conciencia de que nuestra -ventana- para ver la realidad nos daremos cuenta que no es la única, sino que hay otras, y que para sus poseedores funcionan muy bien, pero si podemos redirigir esa percepción, entonces vamos por el camino hacia el espacio de la solución.”
1. 3. Clasificación de los conflictos.
Para algunos estudiosos del tema y siguiendo alguna topología del conflicto, a estos se les puede clasificar de la manera siguiente:
“CONFLICTOS INTERNOS o conflictos con uno mismo, siendo estos aquellos que suelen presentársenos en el diario vivir y que nos coloca frente a dilemas por resolver por nuestra propia conciencia e individualidad, llevándonos hacia una lucha interior contra nuestro yo interior y que nos obliga a salir avante superando los obstáculos que nosotros mismos nos colocamos, pero que una vez resueltos nos permiten evolucionar en el normal desarrollo de nuestra personalidad.
“CONFLICTOS EXTERNOS, como son aquellos que se suceden como resultado de la interacción de los individuos, o grupos de individuos, en las relaciones cotidianas (en el hogar, en el amor, en el estudio, en trabajo, con el vecino y en general, con aquel en que en un momento dado se deteriora la relación por alguna diferencia o discordia).
O también, se les puede clasificar desde la perspectiva de la “intensión de ocasionar daño a otro u a otros”, en CONFLICTOS VIOLENTOS (agresivos o bélicos) o en CONFLICTOS NO VIOLENTOS (no agresivos o no bélicos), dependiendo ello de la agresividad, violencia o belicosidad de sus actores”, (Marinès Suárez - Obra citada - 1.996).
Para otros como el profesor José Noe Ríos Muñoz (Obra citada - 1.997), los conflictos se clasifican en “PERSONALES y SOCIALES”. Afirma este autor que:
“El CONFLICTO PERSONAL involucra a un individuo con su problema. EL SOCIAL, a dos o más actores con sus intereses. Los sociales pueden ser; Interpersonales, cuando se da entre personas, ínter o intragrupales, ínter o intraestatales, ínter o intraorganizacionales, según la naturaleza del conflicto y los agentes que involucre. Ahora bien, una situación de conflicto puede surgir por varias razones. Porque los actores tienen un mismo objetivo deseable pero discrepan de la manera de procurarlo. O, porque tienen objetivos diferentes, con similares o distintos procedimientos para alcanzarlos. Porque los agentes involucrados tienen diversas concepciones acerca del poder y de la manera de ejercerlo... “, (Ríos Muñoz - 1.997).
“Los conflictos personales se clasifican como “HORIZONTALES o VERTICALES”, según se presente entre individuos “pares o iguales”, como es el caso de los conflictos de pareja, o entre individuos en donde por factores económicos, laborales o sociales, uno se encuentre en condiciones de desventaja frente al otro, como en los conflictos derivados de las relaciones entre empleadores y trabajadores”, (Ríos Muñoz - Obra citada - 1.997).
Siguiendo la tipología presentada por el profesor Ríos Muños, en cuanto a su naturaleza dice que los conflictos:
“o son “PLANIFICADOS”, porque se “derivan de una situación previamente definida y programada”; o son “INDUCIDOS”, generados por las circunstancias que afectan un servicio o a la sociedad, “como sería el caso de la administración de justicia congestionada que induce a otros conflictos como el de tomar justicia por propia mano o no denunciar los delitos”; o son “ESPONTÁNEOS”, que “serían aquellos que surgen de manera imprevista y que muchas veces son el resultado de viejos problemas y que afloran cuando surge una circunstancia que los estimula” (Ríos Muñoz - Obra citada - 1.997).
Como complemento de esta tipología del conflicto, para el suscrito y desde la perspectiva de la clasificación de los conflictos interpersonales, y que surgen de la divergencia o confrontación entre dos o mas personas, naturales o jurídicas, nos interesa para el presente estudio el análisis y administración de los conflictos jurídicos y con la aplicación de la “mediación jurídica institucional[3]” (conciliación judicial o extrajudicial en derecho); cuyo propósito como mecanismo de solución es el de resolver los “conflictos jurídicos” de carácter individual, de contenido patrimonial y de naturaleza “transigible, desistible o conciliable”, dependiendo desde luego, que la diferencia que involucre a los “conflictantes” y su solución, tenga relevancia para el “mundo del derecho” e interese a la “conciliación”; podemos de este modo entonces clasificar los conflictos interpersonales en dos categorías esenciales; una, correspondiente a los “CONFLICTOS JURÍDICOS”, y otra, correspondiente a los “CONFLICTOS NO JURÍDICOS”, (H. Gutiérrez - Obra citada - 2002).
Partiendo de dichas categorías esenciales, los conflictos que nos interesa considerar para este estudio, repito, serán solo los conflictos jurídicos que son los que a su vez le interesan al campo de la mediación jurídica y a la administración de justicia, en nuestro caso. (H. Gutiérrez - Obra citada -2002).
Porque los que corresponden a la categoría de los conflictos no jurídicos[4], no serán materia de este escrito toda vez que a otras formas de análisis de resolución de las disputas; y porque aquellos no son del interés de la mediación jurídica y que tienen relevancia en el campo de la administración de justicia en nuestro sistema legal; aquellos interesan es a la mediación particular (El conflicto no jurídico es materia de la Psicología Social), y esta no es objeto de un análisis profundo en el presente estudio.
Quedando de otro lado por considerar, los “CONFLICTOS ECONÓMICOS O DE INTERÉS”, que se suscitan entre empleadores y trabajadores, pero que si bien es cierto estos tocan al mundo del derecho del trabajo, ellos no le interesan tampoco al análisis del presente estudio por cuanto no son objeto de regulación y administración por parte de los mediadores jurídicos, ni de la conciliación extrajudicial en derecho.
[1] Entendiendo como “conflictante” la persona que el conflicto involucra.
[2] La expresión “partes” que se utiliza en estos escritos, esta referida es a la persona del conflictante que se encuentra inmersa y afectada por el problema, y que no debe ser confundida, con el concepto judicialista “parte de un proceso judicial”
[3] El suscrito considerando que la conciliación es un instituto jurídico que hace parte de nuestro sistema legal de justicia, mediante el cual es posible resolver los “conflictos jurídicos” con efectos legales de sentencia judicial, mediando entre las partes en conflicto un profesional del derecho como tercero neutral y calificado denominado conciliador (o mediador jurídico), quien interviene entre las partes en conflicto con la aplicación de técnicas y herramientas no jurídicas, propias de las “técnicas de la mediación de conflictos”, la denomino en la presente obra como “mediación jurídica” y al operador del procedimiento mediático como “mediador jurídico”; por lo que desde ahora y en adelante así nos referimos en el desarrollo del presente trabajo.
[4] La solución de conflictos políticos, conflictos sociales o comunitarios, por ejemplo, no hacen parte de nuestro estudio.
LA MATRIZ CURRICULAR
MATRIZ CURRICULAR DE LOGROS
PROPOSITO Y OBJETIVO GENERAL DE FORMACIÓN.
El propósito general de formación de la presente matriz será la de proporcionar los conocimientos, procedimientos y actitudes que requiere la defensa de los derechos en juicio, con particular atención a los juicios civiles.
PROPOSITOS Y OBJETIVOS ESPECIFICOS.
Conocimiento de las normas jurídicas procesales (Derecho procesal como sector del ordenamiento) mediante tres saberes específicos:
Dimensión lógica (SABER).
1. Conocimiento de las fuentes de producción de las normas procesales, lo que nos dará acceso a las constantes transformaciones que dichas normas sufren.
2. Comprensión de las normas en torno a las categorías básicas elaboradas por la ciencia jurídica (Derecho procesal como ciencia jurídica), permitiéndonos con ello su correcta interpretación y aplicación.
3. Dominio de las fuentes de conocimiento que nos facilitan la comprensión y aplicación de las normas.
4. La construcción de conocimientos previos del Derecho Procesal en general y que servirán de base al estudiante, para el estudio de los procedimientos especiales.
• Dimensión lógica - Actitudes (Sentir – Ser):
1. Percibir el conocimiento y dominio profesional del Derecho procesal como parte integrante del compromiso con los valores, derechos y personas cuya representación judicial asume el profesional del derecho, puesto que su conocimiento es necesario para aspirar a la tutela que la jurisdicción ofrece.
2. Reconocer la presencia de valores intrínsecos en el correcto desarrollo de los procesos judiciales ya que éstos, al margen del resultado favorable o adverso a las pretensiones, proporcionan un método basado en la igualdad, la contradicción y la imparcialidad.
3. Valorar críticamente los instrumentos regulados por el Derecho procesal en función de su utilidad para alcanzar los fines de justicia que los justifican.
• Dimensión operativa Procesos e Instrumentos (Saber hacer):
Actuación correcta ante la jurisdicción, lo que puede desarrollarse en tres puntos:
1. Identificación de aquellas situaciones jurídicas que requieren una determinada actuación.
2. Selección de la cuerda o procedimiento procesal adecuado ante cada situación en conflicto y la producción de actos jurídico-procesales correspondientes (demandar, practicar prueba, recurrir, etc.).
3. Identificación de las exigencias que las normas procesales imponen a la actuación procesal en cada caso concreto (presupuestos y requisitos procesales) y respuesta coherente ante dichas exigencias.
RELACION DE LOGROS QUE SE ESPERAN ALCANZAR POR EL CEREBRO UNITRIDICO Y LOS CUATRO NIVELES DE ACTUACION.
Usar correctamente el lenguaje tanto escrito como oral.
Tomar conciencia de la importancia del Derecho como sistema regulador de las relaciones sociales.
Conseguir la percepción del carácter unitario del ordenamiento jurídico.
Capacidad de utilizar los principios y valores constitucionales en la interpretación del ordenamiento jurídico.
Adquirir capacidad de manejo de las fuentes documentales.
Iniciar en el dominio de las técnicas informáticas para obtener información y de la utilización de la red informática.
EVIDENCIAS DEL APRENDIZAJE.
RESULTADOS DEL APRENDIZAJE.
TECNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACION.
Docente.
Formulación de preguntas.
Explicitacion de temas.
Discente.
Trabajo en equipo.
Realiza lecturas.
Resuelve problemas.
Redacción de escritos.
CRITERIOS DE EVALUACION.
AMBIENTES DE APRENDIZAJE.
Presencial – Aula de Clase.
ESTRATEGIAS METODOLOGICAS.
Las sesiones académicas teóricas incluyen todo el trabajo desarrollado en el aula mediante el cual se aspira a facilitar la adquisición de conocimientos básicos de forma clara y afianzada que señalamos como primer nivel metodológico.
Estas sesiones académicas se trabajarán de formas muy variadas incluyendo exposiciones del profesor, trabajo participativo de los alumnos, exposición y diálogo sobre mapas conceptuales, trabajo en equipos de aprendizaje, etc. También las sesiones teóricas pueden servir de apoyo a las dimensiones teóricas de los trabajos que han de desarrollar autónomamente los alumnos. En las sesiones teóricas se realizarán <> de control del conocimiento y serán corregidos en la misma clase: sin perjuicio de su valor para la evaluación se considera una forma de aprendizaje.
Las sesiones académicas prácticas incluyen el trabajo desarrollado en el aula para facilitar la profundización y contextualización del conocimiento que señalamos como segundo nivel metodológico.
Trabajos individuales: se entregará un cuestionario por cada tema y su respuesta razonada y apoyada en la documentación necesaria (en forma de anexo) constituye el trabajo a realizar por el alumno de forma independiente.
Trabajos en grupos de aprendizaje: Con base en material de lectura previamente establecido por el docente y a partir de un cuestionario se elaborarán los trabajos que deberán ser expuestos en seminarios. Y complementados con un escrito tipo ensayo contenido en 8 paginas tamaño carta – letra tipo Arial 11 y margen de 1.5 -.
Foros en Internet: El dicente abrirá en la página Web de docencia virtual de la Universidad Cooperativa (para cuyo acceso se proporcionará en su día a los alumnos la información necesaria) un foro o lista de mensajes para cada tema y para cada trabajo. De esta manera el profesor puede acompañar a los alumnos y éstos pueden ayudarse entre sí mediante preguntas, respuestas, aclaraciones, observaciones, propuestas, etc.
MEDIOS DIDACTICOS Y RECURSOS EDUCATIVOS.
Video been, tablero y lecturas preestablecidas.
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