lunes, noviembre 06, 2006

TEORIA DEL CONFLICTO.

EL CONFLICTO. 1. ASPECTOS GENERALES. 1. 1. Análisis del concepto conflicto. Las acciones humanas están originadas por “necesidades biológicas, afectivas, cognitivas, etc., que nos llevan a comprometernos en un proceso social de interacción humana”, (Mediación y Conducción de Disputas, Marinés Suárez - 1.996). De dicha manera, en la “interacción” de los individuos o grupos de individuos y en todos los tipos de relaciones, bien sea interpersonales, intrafamiliares, interinstitucionales, intergrupales, internacionales; dada esas diferentes formas de ser y de pensar, es por ello que frente a una determinada situación de hecho o de derecho, sea natural que en esas relaciones se presenten diferencias de opinión y por lo mismo, entre los actores surjan desavenencias o “desarmonías en sus relaciones”. Lo que lleva entonces, a que las personas que se involucren en un “choque de opinión”, que en el común de las gentes denominan como “problema”. Pero si es necesario acudir a la decisión de un tercero para que lo resuelva, entonces se le llama “pleito”, “disputa” o “controversia”. Pero, de manera técnica, a esa diferencia de opinión se le da la denominación de “conflicto”, y a sus actores se les denomina como “Conflictantes” [1]. Por lo tanto, los “conflictos” constituyen formas de interacción que requieren por lo menos, de la participación de dos partes: personas, grupos sociales o políticos y a veces Estados en el evento de los “conflictos internacionales (Como Negociar, José Noé Ríos Muñoz+ - 1.997)”. -Sin perjuicio del concepto de “conflicto interno” o conflicto consigo mismo respeto de aquello que “pensamos o sentimos-. En términos generales, los “conflictos” tienen su origen en una diferencia de “intereses o de deseos hacia aspiraciones incompatibles (Ríos Muñoz+ - Obra citada - 1.997)”, que llevan a la contraposición de las partes con el propósito de obtener para el “vencedor” el objeto materia de la diferencia. Lo cual hace entonces, que las partes[2] frente al conflicto lo vean como un “enfrentamiento en que cada uno de los involucrados pretenda, como sea, ganarle al otro”. Y esa pretensión se agrava, cuando las partes en conflicto, involucran además del problema que los separa, sus sentimientos; para buscar luego como “solución al problema” no solo la “victoria del ganador”, sino también la derrota o la destrucción material o moral del otro. (Ríos Muñoz+ - Obra citada - 1.997). Los sujetos del conflicto o actores, rara vez se apersonan del problema; pues generalmente se dice “ese problema no es mío”. Todo porque creemos, de manera infundada, que el problema es del otro, y todo porque estamos acostumbrados a culpar a los demás de todo lo malo que nos sucede. Lo que se traduce para quien padece el conflicto, en la “incapacidad emocional” de hacer frente al mismo. Púes siempre que dos individuos se unen, surge, tarde o temprano, la confrontación. Por lo tanto la cuestión no es el conflicto; la prueba real consiste en si usted y yo podemos resolver dicho conflicto (La Mejor Forma de Resolver el Conflicto, Josh Mc Dowell - 1.991). El conflicto es considerado por el común de las gentes como algo “negativo”. Tener un “problema” es tener algo que “hace doler la cabeza”. Y frente al conflicto la persona involucrada opta entonces, o por “sacarle el cuerpo” y olvidarse del problema; o por enfrentarlo, dejándolo en manos de un tercero para que lo resuelva, bien, por una decisión judicial o por la vía extrema, como seria la destrucción moral o material del otro, como antes se dijo (Enredos, pleitos y problemas, Lederach – 1.992). Generalmente, cuando las gentes tienen problemas no se “apersonan” de ellos, sino que optan más bien por dejarlo en manos de un tercero que lo resuelva, como forma de respuesta mas civilizada del problema, entonces la gente suele decir: “El problema no es mío”. “Hable con mi abogado”. “Eso que lo resuelva el Juez, púes para eso están las autoridades, para que nos resuelvan los problemas”. Y porque culturalmente, en la mayoría de los casos la gente no se “responsabiliza” del problema, ni lo mira como algo que tiene solución y que puede resolverse por uno mismo de manera civilizada e inteligente, como “dueño que se es del problema”. Sino que por el contrario, se considera que el “problema es del otro”. (Mc Dowell - Obra citada - 1.991). En nuestro medio entonces, culturalmente se considera de forma equivocada, que la manera alternativa para resolver el conflicto es a través de la “violencia”. La cual se expresa en diferentes formas de abuso, bien sea por el “abuso de la fuerza”, el “abuso de la libertad”, el “abuso de la confianza“ -y lo que es mas grave, mediante el “abuso del ejercicio del derecho propio-”. Por ello, entonces, el común de las gentes se inclina a confundir culturalmente el concepto “conflicto” con el concepto “violencia”, a sabiendas que los dos tienen implicaciones distintas, pues mientras el primero es contradicción de intereses, la violencia -física o mora-, es la manifestación exagerada de lo “irracional” de la conducta humana, y que muchas veces lleva al individuo a reaccionar frente a la diferencia con la ruptura total de las relaciones entre los “conflictantes”, y con el rechazo total y absoluto del otro”, y entonces cuando se dice, ”de ese yo no quiero saber nada”. (Guía para la Formación de Conciliadores Extrajudiciales en Derecho - H. Gutiérrez - 2002). De ahí, que sea necesario ahora crear una cultura hacia la búsqueda de la reconciliación y modificación de paradigmas y en la manera en que las personas ven y tratan los conflictos. Y sobre la base, que todo problema siempre tiene una solución posible y lo que es mejor, que esa solución posible puede ser encontrada por nosotros mismos, sin la intervención de otros que decidan por nosotros, porque nos sentimos entonces dueños de nuestros problemas y podemos entonces decir que somos el “Juez de nuestro problema”, (H. Gutiérrez - Obra citada - 2.002). 1. 2. Formas como percibimos los conflictos. Cada ser humano en su propia “individualidad”, percibe las cosas que se suceden a su alrededor –entorno- con base en las propias creencias, concepciones, criterios y paradigmas establecidos por su propia cultura -o subcultura- y como resultado del núcleo social al que pertenece. Así mismo, por la educación recibida, los criterios morales y religiosos que se le inculcaron, sus emociones, sus propias necesidades; así como valores, intereses y prejuicios, se reflejan todos en la interpretación que hace de los hechos que se suceden en su personal realidad. (H. Gutiérrez – Obra citada - 2002). Lo anterior nos permite afirmar, que cada individuo frente al conflicto, tiene una “particular manera de verlo y enfrentarlo”, así como de reaccionar frente al mismo -no todos frente al conflicto, reaccionamos de la misma manera, dependerá no solo de la forma de ser y de pensar, sino de la educación, paradigmas y la cultura de cada una de las partes-, (H. Gutiérrez - Obra citada - - 2002). Hemos dicho que el conflicto ha sido necesario y concomitante a la naturaleza del hombre, hace parte de la naturaleza humana. Ha sido entonces el conflicto y las diferentes maneras que el hombre ha encontrado para superarlo, lo que ha permitido al hombre evolucionar. Podría decirse, que el conflicto es una las tantas dinámicas que tiene el hombre para relacionarse en sociedad, pues es el conflicto el que nos permite reconocernos como distintos e interactuar como diferentes. De otro lado, la violencia es una de las tantas expresiones dadas a la palabra conflicto y que permite medir la baja o alta intensidad del mismo. Podría por lo tanto decirse que la violencia es la manifestación más grave e irracional del conflicto. (Ríos Muñoz+ - Obra citada - 1.997). Como en la Legislación Formal se confunde violencia con conflicto, el estado procura entonces construir mecanismos para controlar la violencia pero no para tratar los conflictos, por lo tanto se han desarrollado múltiples mecanismos para tratar la violencia, mas no al conflicto directamente como tal (política criminal). Entonces qué haremos frente al conflicto? La respuesta sería promover un cambio cultural con respecto a la manera como afrontamos el conflicto. “Buscarle una salida mediante soluciones creativas -enfrentarlo si, pero pacíficamente”, (Lederach -- Obra citada - 1.992)”. De este modo y citando a (Miguel Ángel Holguín en su obra “Siloè” – 15 - 16 - 1.998), refiriéndose a los actores del conflicto, afirma que, “Los adversarios tiene diferentes mapas para cruzar el mismo territorio, todos creemos tener la razón acerca de una determinada situación, a pesar de que la estamos describiendo y juzgando desde nuestra propia ventana. “Estamos describiendo un territorio con nuestro propio mapa, sin darnos cuenta que los demás tienen el suyo propio y este es distinto al nuestro”. Esta es la primera fuente de conflictos pero a la vez la fuente de su solución, dice Holguín, “si tomamos conciencia de que nuestra -ventana- para ver la realidad nos daremos cuenta que no es la única, sino que hay otras, y que para sus poseedores funcionan muy bien, pero si podemos redirigir esa percepción, entonces vamos por el camino hacia el espacio de la solución.” 1. 3. Clasificación de los conflictos. Para algunos estudiosos del tema y siguiendo alguna topología del conflicto, a estos se les puede clasificar de la manera siguiente: “CONFLICTOS INTERNOS o conflictos con uno mismo, siendo estos aquellos que suelen presentársenos en el diario vivir y que nos coloca frente a dilemas por resolver por nuestra propia conciencia e individualidad, llevándonos hacia una lucha interior contra nuestro yo interior y que nos obliga a salir avante superando los obstáculos que nosotros mismos nos colocamos, pero que una vez resueltos nos permiten evolucionar en el normal desarrollo de nuestra personalidad. “CONFLICTOS EXTERNOS, como son aquellos que se suceden como resultado de la interacción de los individuos, o grupos de individuos, en las relaciones cotidianas (en el hogar, en el amor, en el estudio, en trabajo, con el vecino y en general, con aquel en que en un momento dado se deteriora la relación por alguna diferencia o discordia). O también, se les puede clasificar desde la perspectiva de la “intensión de ocasionar daño a otro u a otros”, en CONFLICTOS VIOLENTOS (agresivos o bélicos) o en CONFLICTOS NO VIOLENTOS (no agresivos o no bélicos), dependiendo ello de la agresividad, violencia o belicosidad de sus actores”, (Marinès Suárez - Obra citada - 1.996). Para otros como el profesor José Noe Ríos Muñoz (Obra citada - 1.997), los conflictos se clasifican en “PERSONALES y SOCIALES”. Afirma este autor que: “El CONFLICTO PERSONAL involucra a un individuo con su problema. EL SOCIAL, a dos o más actores con sus intereses. Los sociales pueden ser; Interpersonales, cuando se da entre personas, ínter o intragrupales, ínter o intraestatales, ínter o intraorganizacionales, según la naturaleza del conflicto y los agentes que involucre. Ahora bien, una situación de conflicto puede surgir por varias razones. Porque los actores tienen un mismo objetivo deseable pero discrepan de la manera de procurarlo. O, porque tienen objetivos diferentes, con similares o distintos procedimientos para alcanzarlos. Porque los agentes involucrados tienen diversas concepciones acerca del poder y de la manera de ejercerlo... “, (Ríos Muñoz - 1.997). “Los conflictos personales se clasifican como “HORIZONTALES o VERTICALES”, según se presente entre individuos “pares o iguales”, como es el caso de los conflictos de pareja, o entre individuos en donde por factores económicos, laborales o sociales, uno se encuentre en condiciones de desventaja frente al otro, como en los conflictos derivados de las relaciones entre empleadores y trabajadores”, (Ríos Muñoz - Obra citada - 1.997). Siguiendo la tipología presentada por el profesor Ríos Muños, en cuanto a su naturaleza dice que los conflictos: “o son “PLANIFICADOS”, porque se “derivan de una situación previamente definida y programada”; o son “INDUCIDOS”, generados por las circunstancias que afectan un servicio o a la sociedad, “como sería el caso de la administración de justicia congestionada que induce a otros conflictos como el de tomar justicia por propia mano o no denunciar los delitos”; o son “ESPONTÁNEOS”, que “serían aquellos que surgen de manera imprevista y que muchas veces son el resultado de viejos problemas y que afloran cuando surge una circunstancia que los estimula” (Ríos Muñoz - Obra citada - 1.997). Como complemento de esta tipología del conflicto, para el suscrito y desde la perspectiva de la clasificación de los conflictos interpersonales, y que surgen de la divergencia o confrontación entre dos o mas personas, naturales o jurídicas, nos interesa para el presente estudio el análisis y administración de los conflictos jurídicos y con la aplicación de la “mediación jurídica institucional[3]” (conciliación judicial o extrajudicial en derecho); cuyo propósito como mecanismo de solución es el de resolver los “conflictos jurídicos” de carácter individual, de contenido patrimonial y de naturaleza “transigible, desistible o conciliable”, dependiendo desde luego, que la diferencia que involucre a los “conflictantes” y su solución, tenga relevancia para el “mundo del derecho” e interese a la “conciliación”; podemos de este modo entonces clasificar los conflictos interpersonales en dos categorías esenciales; una, correspondiente a los “CONFLICTOS JURÍDICOS”, y otra, correspondiente a los “CONFLICTOS NO JURÍDICOS”, (H. Gutiérrez - Obra citada - 2002). Partiendo de dichas categorías esenciales, los conflictos que nos interesa considerar para este estudio, repito, serán solo los conflictos jurídicos que son los que a su vez le interesan al campo de la mediación jurídica y a la administración de justicia, en nuestro caso. (H. Gutiérrez - Obra citada -2002). Porque los que corresponden a la categoría de los conflictos no jurídicos[4], no serán materia de este escrito toda vez que a otras formas de análisis de resolución de las disputas; y porque aquellos no son del interés de la mediación jurídica y que tienen relevancia en el campo de la administración de justicia en nuestro sistema legal; aquellos interesan es a la mediación particular (El conflicto no jurídico es materia de la Psicología Social), y esta no es objeto de un análisis profundo en el presente estudio. Quedando de otro lado por considerar, los “CONFLICTOS ECONÓMICOS O DE INTERÉS”, que se suscitan entre empleadores y trabajadores, pero que si bien es cierto estos tocan al mundo del derecho del trabajo, ellos no le interesan tampoco al análisis del presente estudio por cuanto no son objeto de regulación y administración por parte de los mediadores jurídicos, ni de la conciliación extrajudicial en derecho. [1] Entendiendo como “conflictante” la persona que el conflicto involucra. [2] La expresión “partes” que se utiliza en estos escritos, esta referida es a la persona del conflictante que se encuentra inmersa y afectada por el problema, y que no debe ser confundida, con el concepto judicialista “parte de un proceso judicial” [3] El suscrito considerando que la conciliación es un instituto jurídico que hace parte de nuestro sistema legal de justicia, mediante el cual es posible resolver los “conflictos jurídicos” con efectos legales de sentencia judicial, mediando entre las partes en conflicto un profesional del derecho como tercero neutral y calificado denominado conciliador (o mediador jurídico), quien interviene entre las partes en conflicto con la aplicación de técnicas y herramientas no jurídicas, propias de las “técnicas de la mediación de conflictos”, la denomino en la presente obra como “mediación jurídica” y al operador del procedimiento mediático como “mediador jurídico”; por lo que desde ahora y en adelante así nos referimos en el desarrollo del presente trabajo. [4] La solución de conflictos políticos, conflictos sociales o comunitarios, por ejemplo, no hacen parte de nuestro estudio.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Estimado profesor. Gracias por sus apuntes. Estudio en otra universidad de Bogotá y veo que sus apuntes están publicados de manera idéntica en nuestro material de apoyo pero a nombre de otra docente. Es este contenido de su autoría o de la autoría de nuestra maestra ? Lo necesito para citarlo en una publicación de mi autoría. Por favor regáleme un correo de contacto en este blog para hacerle llegar el material.